ACUERDO DE LA MESA TRIPARTITA Y ORDEN DEL MINISTERIO DE TRABAJO A LAS MUTUAS. (Leedlo, es muy importante)

El colectivo de camareras de pisos no tiene asignado un código concreto en la Codificación Nacional de Ocupación (CNO) lo que dificulta la obtención de datos estadísticos con exactitud cuando acudimos a los centros de salud o a las mutuas.

El 18 de mayo de 2018, la Mesa Tripartita por la calidad en el Empleo del Sector de Hostelería, alcanzó preacuerdo para incluir las patologías derivadas de la actividad de las camareras de pisos en el cuadro de enfermedades profesionales.

En la sesión del Grupo de Trabajo mantenida ese día, se acordó realizar los trámites oportunos para la modificación del REAL DECRETO 1299/ 2006, de 10 de noviembre, que aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el Sistema de Seguridad Social, para que se produzca el reconocimiento de las enfermedades profesionales de las camareras de pisos.

Esos trámites aún no se han realizado, por lo que tenéis que imprimir el documento que adjunto en PDF del Ministerio de Trabajo y llevadlo siempre con vosotras a las Mutuas.

Dorsalgias, cervicalgias, artrosis lumbares severas, y hernias discales, motivadas por la sobrecarga laboral no están incluidas, por lo que es responsabilidad nuestra no trabajar a destajo, ni correr, sino trabajar de una manera serena y realizar las habitaciones que se puedan hacer sin comprometer nuestra salud, porque al final, ni agradecidas, ni pagadas. Jodidas y bien jodidas.

El RATIO DE HABITACIONES ES ALEGAL, NO EXISTE, ES UNA PATRAÑA, UNA MENTIRA, UN ENGAÑO. TRABAJAMOS POR JORNADA, NO POR HABITACIONES.

Cuidad de vuestras espaldas porque todas esos trastornos son por incumplimiento del contrato mercantil y por el incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. El «papel», es decir, el control de habitaciones diarias, las tareas asignadas deben ser realizadas teniendo en cuenta el tipo de habitación, las personas que la ocupan y la edad y condiciones físicas de la trabajadora.